Así funciona la Comisión Distrital de Personal para la Concertación

Fecha publicación
Pieza informativa con diseño de tablero sobre la Comisión Distrital de Personal para la Concertación (CDPC).  Destaca el lema «¡Un espacio para dialogar, aclarar y concertar para el mérito!» junto al logotipo institucional de la Alcaldía de Bogotá.

La Comisión Distrital de Personal para la Concertación – CDPC, es un organismo bipartito que reúne a representantes de la Administración Distrital y de las y los empleados públicos con el propósito de que sirvan de escenario de concertación entre los empleados y la administración.

Está conformada por tres representantes de la Administración Distrital, designados por el Alcalde Mayor de Bogotá y tres representantes de los empleados distritales, con sus respectivos suplentes. Estos últimos son designados por los empleados públicos principales que hacen parte de las Comisiones de Personal de cada una de las entidades, organismos y órganos de control, con excepción de la Contraloría Distrital de Bogotá D.C..

Su función es la concertación, como organismos eficientes y eficaces en la solución de las diferencias surgidas con ocasión de la aplicación y cumplimiento de las normas de carrera o de aquellas relacionadas con éstas, que sean puestas en su conocimiento por las Comisiones de Personal que integran su respectivo nivel, contribuirán de manera dinámica en la generación de un ambiente sano y cordial de discusión, valoración y entendimiento con la administración pública.

Conforme con el Acuerdo 109 de 2009 de la Comisión Nacional del Servicio Civil-CNSC, sus funciones son:

a. Propiciar Acuerdos de Concertación para resolver los conflictos y las diferencias que en razón a su propia naturaleza le sean confiados por las entidades que integran el ámbito de su jurisdicción territorial, utilizando los mecanismos principales y alternativos de solución y aplicando todo el conocimiento disponible y la asesoría especializada.

b. Formular, en su respectivo nivel, recomendaciones al gobierno municipal, distrital, departamental y/o nacional para la implementación de planes, programas y proyectos en materia laboral.

c. Identificar y analizar las distintas situaciones y variables que sirvan para promover los intereses públicos y aquellas que los afectan, presentando a la administración propuestas que permitan el mejoramiento de la gestión y los resultados.

d. Elaborar y proponer estrategias de mejoramiento y generación de empleo, modernización y funcionalidad de las plantas de personal y de la estructura organizacional del correspondiente nivel territorial o administrativo.

e. Recopilar las iniciativas de los empleados y la administración en materia de carrera administrativa, capacitación de los servidores públicos, bienestar social y estímulos, y con estos insumos elaborar documentos para su remisión a las autoridades competentes para que les sirvan de información y apoyo al momento de adoptar políticas en estas materias.

f. Difundir e informar a las comisiones de personal de su respectivo ámbito territorial, normas, jurisprudencia y doctrina que en materia de empleo público existan, así como de los cambios que se produzcan.

g. Promover el compromiso de los servidores públicos en el logro de los objetivos institucionales y el cumplimiento de los planes estratégicos y operativos de las entidades.

h. Elegir al presidente de la Comisión y estructurar mesas de trabajo especializadas en los temas que son de su competencia funcional.

i. Las demás compatibles con asuntos susceptibles de concertación entre empleados y administración.”

Las Comisión Distrital de Personal para la Concertación, no será instancia en el ejercicio de las funciones de las Comisiones de Personal dispuestas en los literales b), d) y e) del numeral 2 del artículo 16 de la ley 909 de 2004.

Estos son sus integrantes: 

Por los empleados

  • Yazmin Liceth Ramírez – Instituto para la Protección de la Niñez y la Juventud - IDIPRON

  • Yady Durley Díaz Rodríguez – Concejo de Bogotá

  • María Nuvia Duarte Méndez – Instituto para la economía Social - IPES

  • Eduardo Armando Ovalle Bernal (Comisionado – 1. Suplente) – Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos - UAECOB

  • José Jimmy Salcedo Hernández (Comisionado – 2. Suplente) – Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP

  • Daniel Eduardo Pineda Mora (Comisionado – 3. Suplente) – Personería Distrital de Bogotá.

Por la Administración

  • Doctor - Sergio Felipe Galeano (Comisionado) – Secretaría General – Alcaldía Mayor

  • Doctor - Lesney Castañeda Valencia (Comisionado) – Secretaría de Educación del Distrito

  • Doctor - José Elías Guevara Fragozo (Comisionado) – Secretaría Distrital de Salud

  • Doctor - Nicolás Romero Sáenz (Secretaría Técnica) – Director (E) Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD

 

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