Prima Técnica en el Concejo de Bogotá
Viabilidad de reconocer el pago de la prima técnica a un funcionario del Concejo de Bogotá D. C.
Viabilidad de reconocer el pago de la prima técnica a un funcionario del Concejo de Bogotá D. C.
En caso que un funcionario aporte varias certificaciones donde conste que curso y aprobó diferentes capacitaciones, en temas disimiles, con intensidad inferior a 40 horas se pregunta si las horas deben sumarse y del total de horas determinar el porcentaje de prima técnica que debe ser reconocido, o en el cual debe ajustarse la prima técnica.
La prima técnica por formación avanzada y experiencia altamente calificada se recogió en el Decreto 2177 de 2006, norma que como se indicó antes tiene como destinatarios los empleados públicos del Nivel Nacional, y no aplica para los empleados públicos del Nivel Territorial.
Reajuste de la prima técnica del empleo de Asesor 105 de funcionarios vinculados al Instituto Distrital de Cultura y Turismo e incorporados a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Pérdida de ejecutoria del Acto administrativo que reconoce la prima técnica.
Imposibilidad de que la prima técnica y la prima de antigüedad apliquen simultáneamente al mismo funcionario.
Reconocimiento de prima técnica a funcionarios suspendidos disciplinariamente y aplicación de prescripción.
Reconocimiento de prima técnica a funcionarios suspendidos disciplinariamente y aplicación de prescripción.
El cambio de cargo, no implica que se pierda el derecho a la prima técnica, sin embargo se deben tener en cuenta los requisitos para poder acceder a ésta.
Para acceder al reconocimiento de la prima técnica profesional, los funcionarios tienen que anexar a la solicitud de reconocimiento, los documentos pertinentes por lo tanto a partir de la fecha de presentación de la solicitud la administración efectúa el reconocimiento.