Sanción disciplinaria denominada suspensión y sus efectos.
Se configura inhabilidad o impedimento para que una persona con una suspensión en el ejercicio de funciones pueda ser nombrada en un cargo público, si ésta sanción aún no se ha cumplido, de tal forma que si la sanción ya fue cumplida y así consta en el reporte de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación, no existirá inhabilidad para que la persona pueda ser nombrada en un empleo público.

