¿Qué deducciones y retenciones por nómina pueden realizarse a un funcionario público de acuerdo con la ley vigente? ¿Es legal que la entidad nominadora haga descuentos por más del 50% de lo devengado mensualmente?
El empleador no puede deducir suma alguna de los sueldos de los empleados y trabajadores sin mandamiento judicial o sin orden escrita del trabajador, a menos que se trate de cuotas sindicales, de previsión social, de cooperativas o de sanción disciplinaria conforme a los reglamentos.

