Estabilidad laboral reforzada para madre cabeza de familia

 Para tener la condición de madre o padre cabeza de familia, debe probarse que tiene a cargo la responsabilidad de hijos menores o de otras personas incapacitadas para trabajar; que esa responsabilidad sea de carácter permanente; no sólo la ausencia permanente o abandono del hogar por parte de la pareja, sino que aquélla se sustraiga del cumplimiento de sus obligaciones como padre; o bien que la pareja no asuma la responsabilidad que le corresponde y ello obedezca a un motivo verdaderamente poderoso como la incapacidad física, sensorial, síquica o mental o por la muerte; por último, que haya una deficiencia sustancial de ayuda de los demás miembros de la familia, lo cual significa la responsabilidad solitaria de la madre para sostener el hogar. 

Experiencia profesional

Me estoy desempeñando como técnico operativo en carrera administrativa, pero tengo título profesional graduado en el año 2013 y estudio en este momento una especialización. Quisiera saber si la experiencia laboral que he obtenido desde el momento en que me gradué como profesional, es experiencia profesional, ya que me he desempeñado en el nivel jerárquico Técnico.

Derecho a ser encargado en un empleo de libre nombramiento y remoción.

Sólo cuando se haya descartado la posibilidad de proveer transitoriamente un empleo a través de la figura de encargo, será posible acudir al nombramiento en provisionalidad. El encargo de servidores de carrera en empleos de libre nombramiento y remoción no es un derecho preferencial, sino una potestad del nominador, pero nunca para empleados con nombramiento provisional.

Procedencia de un nombramiento en provisionalidad.

 Un funcionario vinculado en provisionalidad que actualmente es paciente de una enfermedad denominada catastrófica, por ser sujeto de protección dados sus percances de salud, solicita  se le otorgue el beneficio de estabilidad laboral reforzada. Estas circunstancias  deben ser valoradas por la autoridad administrativa que deba decidir sobre su posible desvinculación, ante la existencia de listas de elegibles, siguiendo las disposiciones de protección constitucional previamente señaladas y aplicando medidas afirmativas según lo ha orientado la jurisprudencia nacional. 

Terminación de encargo y procedimiento de reclamación ante las Comisiones de Personal y la Comisión Nacional del Servicio Civil —CNSC

El procedimiento que deben surtir las reclamaciones presentadas por los servidores públicos, en asuntos relacionados con desmejoramiento de sus condiciones laborales o por los encargos, es el previsto por el Decreto Ley 760 de 2005, y en lo no regulado en dicho ordenamiento, se deberá seguir el procedimiento común y principal establecido por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

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